TERCERA VERSION ANTICIPADA DE LA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA MISCELANEA FISCAL 2021

Image

Hacemos de su conocimiento que el SAT dio a conocer en su Portal la Tercera Versión anticipada de la "Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021", a través de la cual se adiciona la regla 2.7.1.7. y se reforma la regla 2.7.1.9. 

Adición regla 2.7.1.7., para establecer que tratándose de las representaciones impresas del CFDI al que se incorpore el complemento señalado en las reglas 2.7.1.9. y 2.7.1.51., deberán incluir los datos establecidos en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte”, que publique el SAT en su Portal.

Reforma la Regla 2.7.1.9, para precisar los siguientes puntos:

  • Considera los tipos de tráficos terrestre, férrea, marítima o aérea y se deja de señalar el trafico fluvial; se hace mención que el CFDI con Complemento Carta Porte debe cumplir con los requisitos normativos que establece el art 29-A, mismo que amparará la prestación del servicio y acreditará el transporte y legal tenencia de los bienes o mercancías.
  • El transportista tiene la factibilidad de acreditar la legal estancia y/o tenencia de la mercancía con un CFDI tipo ingreso con Complemento Carta Porte siempre y cuando en dicho comprobante fiscal se registre el número de pedimento de importación.
  • La transportación de hidrocarburos y petrolíferos deberá acompañarse con el CFDI con Complemento Carta Porte y el Complemento Hidrocarburos y Petrolíferos, en caso contrario no se podrá amparar el transporte y/o distribución de los mismos.
  • El contribuyente, debe expedir el CFDI con Complemento Carta Porte con los requisitos del "Instructivo de llenado del CFDI" al que se le incorpore el Complemento Carta Porte que publique el SAT en su portal.
  • Quien contrate el servicio de transporte de bienes o mercancías, está obligado a proporcionar al transportista, con exactitud, los datos necesarios para la identificación de los bienes o mercancías que se trasladen, con la finalidad de que el transportista expida el CFDI de tipo ingreso con Complemento Carta Porte que ampare su operación.
  • En el supuesto que se realice el traslado de bienes o mercancías sin contar con el CFDI tipo ingreso con complemento Carta Porte, o no reúnan las especificaciones, tanto quien contrata el servicio como quien lo preste, serán responsables ante la autoridad competente.
  • En los artículos Transitorios se establece que la resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF y su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.8., tercer párrafo de la RMF 2021, salvo la regla 2.7.1.9., que entrará en vigor en términos de lo dispuesto por en transitorio décimo primero de la Primera Resolución de modificaciones a la RMF 2021, publicada en el DOF el 3 de mayo de 2021
Tel: 867 890 0093