CÓDIGO DE ÉTICA SOCIOS COMERCIALES ERYCIA
Código: FO-VEN-10
Fecha de revisión: Agosto 2024
No. de Revisión: 02
I. PROPÓSITO
En Enrique Ramos y Cía SC estamos comprometidos al cumplimiento de la legislación en materia de anticorrupción que existe tanto en México como en el resto del mundo. Incluyendo la Ley de Prácticas Extranjeras de Anticorrupción (“FCPA” por sus siglas en inglés), la Convención de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico para Combatir el Soborno de funcionarios Públicos Extranjeros (“Convención OCDE”), y el resto de las leyes de anticorrupción y de antisoborno.
Asimismo, todos los colaboradores, funcionarios, representantes y socios de la empresa Enrique Ramos y Cía, se encuentran obligados a cumplir a cabalidad con la FCPA, la Ley de Anti-Soborno, la Convención OCDE y demás leyes de anticorrupción vigentes aplicables en México.
Estamos comprometidos a conducir nuestros negocios de una forma consistente con los más altos estándares de integridad, éticos y en cumplimiento con todos los requerimientos legales. Por ende, requerimos de usted Socio comercial y de sus colaboradores, el compromiso ético con nuestra empresa Enrique Ramos y Cía SC a fin de seguir construyendo una relación transparente, segura, justa, con calidad y libre de cualquier acto de corrupción.
Adicional, Enrique Ramos y Cia SC busca generar acciones en relación al cambio climático, identificando oportunidades para mejorar la eficiencia en el uso de los recursos naturales, como la energía, el agua y materias primas, determinando que el cambio climático es un problema relevante en las operaciones de comercio internacional y por ello invitamos a nuestros socios comerciales a tener responsabilidad corporativa con el cambio climático, generando estrategias de adaptación y resiliencia que ayuden a mantener las operaciones de comercio internacional estables, seguras, con calidad aún en condiciones adversas.
Es crucial para Enrique Ramos y Cía SC que la relación con los socios comerciales esté basada en la integridad, honestidad y transparencia. El Código de ética de socios comerciales ERYCIA está orientado a un beneficio recíproco. Establece los principios mínimos que la Compañía espera de sus Socios Comerciales, fomentando su conocimiento y aceptación antes de iniciar la relación contractual y su cumplimiento durante toda la relación comercial.
Por lo anterior, agradecemos que sea leído detenidamente el contenido del presente Código de Ética de socios comerciales ERYCIA y sea compartido con los colaboradores que trabajan en conjunto con nuestra compañía, debido a nuestra relación comercial.
El Código de Ética para socios comerciales ERYCIA está sustentado en los siguientes pilares, con los cuales se busca que la relación comercial se desarrolle en un ambiente de transparencia, integridad y con garantías para todas las partes involucradas.
CONDICIONES LABORALES
El socio comercial cuenta con los elementos propios suficientes para cumplir con las obligaciones que se derivan de las relaciones con sus trabajadores, no serán considerados como intermediarios, y por ningún motivo deberá interpretarse la relación comercial con Enrique Ramos y Cía SC, de conformidad a lo establecido en los artículos 13 de la Ley Federal del Trabajo vigente.
Por lo anterior, el socio comercial, se obliga a sacar en Paz y Salvo a Enrique Ramos y Cía SC, ante cualquier controversia derivada de los conceptos mencionados. Adicional, las partes están de acuerdo en que, entre el socio Comercial y Enrique Ramos y Cía SC, no existe subordinación, ni relación de trabajo, por lo tanto, Enrique Ramos y Cía SC, no asumirá responsabilidad alguna por obligaciones derivadas de la Ley Federal del Trabajo, Ley del Seguro Social, INFONAVIT, SAR, etc., relativas al Socio Comercial, su personal o por el personal subordinado o subcontratado por este último.
Adicional, los socios comerciales de Enrique Ramos y Cía SC se comprometen al cumplimiento de los siguientes puntos como parte de las condiciones laborales de sus colaboradores:
A. DERECHOS HUMANOS
El Socio Comercial debe asegurar el cumplimiento de la “Carta Internacional de Derechos Humanos” y los principios relativos a los derechos establecidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) relativa a los Principios de Derechos Fundamentales en el Trabajo y los ocho Convenios Fundamentales.
B. TRABAJO FORZOSO, TRÁFICO DE PERSONAS Y EDAD MÍNIMA:
En su calidad de Socio Comercial, se compromete a promover y garantizar una cultura de prevención y erradicación del trabajo infantil y protección de adolescentes trabajadores en edad permitida para los sectores público, privado y social; proteger los derechos humanos y laborales de las y los adolescentes trabajadores en edad permitida; fortalecer a las instancias y mecanismos de vigilancia para combatir el trabajo infantil y sus peores formas; promover la protección social en beneficio de niñas, niños y adolescentes, además de fortalecer los componentes de educación y recreación como derechos de la niñez y la adolescencia contra el trabajo infantil.
Por otro lado, el socio Comercial rechaza el uso de cualquier forma de trabajo forzoso u obligatorio, por lo que no retiene a los trabajadores en contra de su voluntad.
C. SALARIO MÍNIMO, HORARIO Y BENEFICIOS
Los salarios y prestaciones pagadas por los Socios Comerciales de ERYCIA a sus empleados cumplirán con la Ley Federal del Trabajo, incluyendo las relacionadas con el salario mínimo, los límites de las jornadas de trabajo, las horas extraordinarias de trabajo y las prestaciones legales que establece la Ley Federal del Trabajo.
D. DISCRIMINACION
El Socio Comercial garantiza que no practica ni fomenta la discriminación a ninguna persona conforme el convenio 111 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
La igualdad laboral y no discriminación es de aplicación obligatoria para todos sus colaboradores, sin distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, sexo, género, identidad y expresión de género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las orientaciones sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo; también se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia.
E. PROHIBICION DEL ACOSO
Enrique Ramos y Cía SC esta comprometido a tratar a los empleados con respeto y dignidad y a proporcionar un lugar de trabajo libre de acoso sexual o de cualquier otro tipo exigiendo a todos los sus socios comerciales que hagan lo mismo con respecto a sus empleados. Los Socios Comerciales de Enrique Ramos y Cía SC tampoco permitirán ningún tipo de maltrato a ninguno de sus empleados, incluyendo cualquier forma de abuso psicológico, físico, sexual o verbal u otras formas de intimidación, o la amenaza de cualquier trato de este tipo.
II. SALUD Y SEGURIDAD
El socio comercial se compromete a proporcionar un entorno de trabajo seguro y saludable para todas las personas que trabajen en nuestras instalaciones, accedan a ellas o sean afectadas por nuestras operaciones. Para cumplir este compromiso es fundamental la contribución de todos nuestros socios comerciales, que deben asegurarse de:
Identificar y evaluar potenciales situaciones de riesgo en el lugar de trabajo y minimizar su posible impacto mediante la correcta ejecución de planes y procedimientos.
En caso de dificultad para realizar el trabajo de forma segura y de la manera determinada por los procedimientos de Enrique Ramos y Cía SC, informar inmediatamente a las personas responsables del servicio o la operación.
Dotar a su personal de los medios y la formación necesarios para realizar el trabajo de forma segura y todos aquellos propios del oficio que se desempeña.
Comunicar a la mayor brevedad cualquier accidente o lesión que se pueda producir, y colaborar con transparencia en la investigación.
Promover entre su personal la identificación proactiva de cualquier condición o acto inseguro que ponga en riesgo la integridad de las personas o las instalaciones y proporcionar la formación y sensibilización necesaria para mantener una adecuada percepción de los riesgos.
En caso de que los resultados operativos y la seguridad entren en conflicto, los socios comerciales deberán siempre decantarse por la seguridad.
Se compromete a contar con programas de prevención de los factores de riesgo psicosocial de conformidad con la Norma Oficial Mexicana “NOM-035-STPS-2018 Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención”, que determinan las condiciones mínimas necesarias en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, a efecto de prevenir accidentes y enfermedades laborales.
III.MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD
Los Socios Comerciales de Enrique Ramos y Cía SC se comprometen a llevarán a cabo sus operaciones cumpliendo con todas las leyes, normas y reglamentos en materia de cumplimiento y protección del medio ambiente. Los Socios Comerciales de Enrique Ramos y Cía SC se esforzarán por mejorar continuamente el cuidado al medio ambiental y reducir todo aquello que impacta al cambio climático, incluyendo la promoción de iniciativas de sustentabilidad tales como:
Ahorro de la energía lumínica aprovechando la luz solar.
Ahorro y reutilización de agua.
Gestion adecuado de residuos.
Reutilización y las prácticas de reciclaje.
Reducción de uso de plástico.
Utilización de meterías primas de fuentes renovables.
Preferencia de energías renovables para reducir la huella de carbono.
Reforestación.
Garantizar los principios del desarrollo sostenible en nuestra cadena de suministro es importante para Enrique Ramos y Cía SC. Usted puede reconocer los principios mencionados anteriormente o demostrar su compromiso a través del cumplimiento de su propio código de conducta o de sus políticas empresariales que adoptan estas normas, comprometiéndose a realizar o implementar:
1. Evaluación de riesgos y oportunidades: Identificar, evaluar riesgos climáticos y tener planes de acción relacionados a tormentas, inundaciones, altas temperaturas, y sus impactos en la infraestructura.
2. Planificación de la continuidad del negocio: Desarrollando planes para asegurar la continuidad del suministro eléctrico en caso de eventos climáticos extremos.
3. Mantenimiento y Actualización de Infraestructura: Implementar programas de mantenimiento y actualización de infraestructura para resistir condiciones climáticas adversas, y el personal contribuye al ahorro de gasto de energía eléctrica.
4. Capacitación y concienciación: Asegurar que el personal esté capacitado y consciente de los riesgos climáticos y de las medidas para mitigarlos.
5. Comunicación con partes interesadas: Informar a las partes interesadas (clientes, proveedores, autoridades, etc.) sobre las medidas adoptadas para gestionar los impactos del cambio climático.
6. Monitoreo y revisión: Establecer sistemas de monitoreo continuo y revisión periódica de los impactos climáticos y la efectividad de las medidas adoptadas.
Enrique Ramos y Cía SC se reserva el derecho de llevar a cabo auditorías o evaluaciones para asegurar su cumplimiento y tomará las medidas apropiadas con respecto a la relación comercial entre Enrique Ramos y Cía SC y sus Socios Comerciales en caso de que existan circunstancias de incumplimiento Enrique Ramos y Cía SC se reserva el derecho de interrumpir cualquier relación comercial si no se adhiere a los principios internacionales, o bien, si no corrige alguna desviación a este código o demuestre patrones de incumplimiento a estas normas.
IV. CUMPLIMIENTO NOMATIVO
A. CORRRUPCION:
En su calidad de socio comercial, se compromete con la empresa Enrique Ramos y Cía SC, que directamente e indirectamente, no acepte, ofrezca o de cualquier soborno o algún elemento de valor, colecho o cualquier otro beneficio ilegal no ético que pudiera ser visto como un acto de corrupción.
B. CONFLICTO DE INTERESES
En mi calidad de Socio Comercial, me comprometo a conducirme conforme a los mejores intereses éticos de Enrique Ramos y Cia SC, siendo que debo asegurarme que cualquier decisión comercial que tome, sean acordes a las oportunidades de negocio que se presenten y que dichas decisiones no deberán verse influenciadas o afectadas por relaciones o intereses personales, familiares o de amistad con alguna persona en su carácter de directores, ejecutivos, empleados, funcionarios, representantes o socios de Enrique Ramos y Cia SC.
Los directores, ejecutivos, empleados, funcionarios, representantes o socios de Enrique Ramos y Cia SC, no podrán utilizar los recursos y medios de la empresa o su posición o puesto profesional, para su beneficio propio o en beneficio de familiares, amigos o cualquier otra actividad o relación comercial ajena a Enrique Ramos y Cia SC.
C. REGALOS
En mi calidad de socio comercial no debo dar regalos ni ofrecer algún otro elemento de valor que dé lugar a recibir favorecimiento a la relación comercial con el colaborador de Enrique Ramos y Cia SC. Los regalos y gratificaciones generan conflicto de interés entre Las Partes.
En caso de gestiones, tramites y procedimientos que se deban efectuar ante las autoridades, deberán realizarse conforme la legislación vigente. Por ningún motivo se podrán ofrecer o recibir favores, regalos y ningún tipo de gratificaciones para agilización de proceso y tiempos a funcionarios públicos y empleados gubernamentales.
D. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION
En mi calidad de Socio Comercial de Enrique Ramos y Cía SC, toda la información que reciba derivada de nuestra relación comercial considerada como Confidencial, toda la información verbal, escrita y gráfica, así como la documentación recibida u obtenida por cualquier medio, incluyendo sin limitar, medios ópticos y electromagnéticos a partir del inicio de la relación comercial entre Las Partes y sus partes relacionadas, y la que se reciba u obtenga en el futuro.
En mi calidad de Socio Comercial de Enrique Ramos y Cía SC, me queda expresamente prohibido su uso, transmisión, revelación y/o divulgación en su totalidad o parcialmente a terceros, en cualquier forma y lugar por ser propiedad de cada una de Las Partes. La obligación de confidencialidad es extensiva para todo mi personal, ya sea propio, subcontratado o aquella persona física o moral que, con motivo de su trabajo, empleo, cargo, puesto o relación de negocios, tenga acceso a la misma.
V. RESPONSABILIDADES DE LOS SOCIOS COMERCIALES
Los socios comerciales de Enrique Ramos y Cía SC, se comprometen a:
Conocer, respetar y cumplir este Código, así como otras normas, políticas y procedimientos internos de Enrique Ramos y Cía SC aplicables. En caso de conflicto entre la legislación y la normativa interna de Enrique Ramos y Cía SC, se deberá adoptar la más restrictiva.
Participar en las actividades de verificación del cumplimiento del presente Código auditorías que pueda establecer o requerir Enrique Ramos y Cía SC.
Implantar las acciones correctivas, en caso de ser necesarias, como resultado de alguna actividad de verificación que haya llevado a cabo Enrique Ramos y Cía SC en su organización.
Comunicar a Enrique Ramos y Cía SC, cualquier información que consideren relevante con relación a los requerimientos establecidos en el presente Código, que pudiese afectar directa o indirectamente a Enrique Ramos y Cía SC ya sea legal, económica o de reputación.
Difundir el Código entre sus empleados y empresas con las que mantenga una relación contractual activa de relación comercial con Enrique Ramos y Cía SC.
Cuando un socio comercial deba hacer frente a exigencias contrapuestas, deberá buscar alternativas que garanticen el respeto de los derechos humanos internacionalmente reconocidos.
VI. VIGENCIA
El presente Código de ética de Socios comerciales ERYCIA tendrá una vigencia indefinida a partir del 25 de enero de 2024, siendo que podrá sufrir modificaciones en caso de modificación de la ley vigente o bien por
requerimiento del propio negocio de Enrique Ramos y Cía SC, con la intención de mejorar su contenido si así fuere necesario.
VII. DENUNCIA
Todo incumplimiento al Código de Ética de socios comerciales, comportamiento ilegal o no ético, se podrán reportar de manera confidencialidad y anónima a:
• Vía telefónica: (867) 890-0090.
• Vía email: juridico@erycia.com
Declaro que a la firma del presente documento, certifico la completa revisión del Código de ética de Socios Comerciales de Enrique Ramos y Cía SC, así como que a la fecha no se tiene conocimiento alguno de violación o incumplimiento con el mismo, y en caso de tenerlo posteriormente, se dará aviso oportuno a Enrique Ramos y Cía SC.