Hacemos de su conocimiento el SAT publicó en su portal de internet la Versión Anticipada de “SEGUNDA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2022”, a través de la cual se reforma el Apéndice 8 del Anexo 22 de las RGEC para 2022 y a la reforma del Transitorio Primero, fracción II de las RGCE para 2022, publicadas en el DOF el 24 de diciembre de 2021 relativa a la fecha de entrada en vigor del Complemento Carta Porte, conforme a los puntos siguientes:
- Se reforma el artículo transitorio primero, fracción II de las RGCE publicadas en el DOF el 24 de diciembre de 2021, para quedar como sigue:
“…II. Lo dispuesto en las reglas 1.9.11., fracción I, inciso b), numeral 8; 2.4.12., fracción I, inciso f); 3.1.15., fracción V; 3.1.32., fracción VIII y penúltimo párrafo; 3.1.33., fracción I, inciso g), y 4.6.8., fracción II, inciso h), en lo relativo al folio fiscal del CFDI de tipo ingreso o tipo traslado, según corresponda, con complemento Carta Porte, será exigible a partir del 01 de octubre de 2022…”
- Se reforma el Apéndice 8 Anexo 22 de las RGCE, en el identificador EN- Exención de la Norma Oficial Mexicana- actualizándose el supuesto de aplicación y los supuestos de aplicación determinados en su complemento 1, para incluir la fracción IXBIS relativa a exención de NOM por valor menor a 1000 usd.
- La resolución entrará en vigor, a partir del día siguiente al de su publicación en el DOF y su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.1.2. de las RGCE para 2022.