CUPO IMPORTACION CARNE DE CERDO

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Hacemos de su conocimiento que día de hoy la la Secretaría de Economía, publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se da a conocer el cupo para importar carne de cerdo bajo el arancel-cupo que se indica”,  y a través del cual se establece un cupo para importar al 31 de diciembre de 2021, carne de cerdo fresca, refrigerada y congelada (carne de cerdo) con el arancel-cupo:

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  • El cupo se asignará bajo el procedimiento de asignación directa en su modalidad de "Primero en tiempo, Primero en derecho".
  • Los certificados de cupo a que se refiere este Acuerdo son nominativos, intransferibles e improrrogables y su vigencia será de sesenta días naturales contados a partir de la fecha de expedición, o al 31 de diciembre de 2021, lo que ocurra primero.
  • Los certificados de cupo expedidos al amparo del presente Acuerdo no eximen del cumplimiento de otros requisitos y demás regulaciones y restricciones no arancelarias aplicables a las mercancías en la aduana de despacho.

El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación

Tel: 867 890 0093