MODIFICACIÓN A LIGIE, DECRETO REGION Y FRANJA FRONTERIZA Y DECRETO PROSEC

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Por medio del presente les informamos que el día de hoy la Secretaria de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación el “DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, el Decreto por el que se establece el Impuesto General de Importación para la Región Fronteriza y la Franja Fronteriza Norte y el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial”, con la finalidad de identificar de manera específica las diversas mercancías que cuentan con Denominación de Origen y de esta manera reconocer la importancia de dichos productos en el ámbito nacional e internacional y, con ello, impulsar, fortalecer y reconocer su valor como productos únicos de México, es necesario suprimir 15 fracciones arancelarias (0709.60.02, 0804.50.04, 0901.11.02, 0901.12.01, 0901.21.01, 0901.22.01, 0905.10.01, 0905.20.01, 1006.10.01, 1006.20.01, 1006.30.02, 1006.40.01, 1801.00.01, 4420.10.01, 6912.00.02) y crear 51 fracciones arancelarias:

FRACCIONES NUEVA CREACION:

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  • Se modifica el Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y a franja fronteriza norte, para adicionar fracciones de nueva creación al Artículo 5, fracciones I (0901.21.99, 0901.22.99, 4420.10.99 y 6912.00.99) y a la fracción II (6912.00.99). También se suprimen las fracciones arancelarias 0901.21.01, 0901.22.01, 4420.10.01, 6912.00.02 
  • Se adiciona al Artículo 5, fracción III del Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial
  • De igual forma se suprime la fracción 4420.10.01 para el sector III De la industria del mueble
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